jueves, 4 de julio de 2013

GIROS Y TRANSFERENCIAS

GIROS EN EL SISTEMA FINANCIERO

El giro es un documento emitido por una institución bancaria a favor de una persona determinada por encargo de un tercero, para realizar traslado de fondos de uno a otro.
Es aquel mecanismo por medio del cual un banco recibe dinero o la orden de realizar un cargo contra la cuenta de un cliente para que emita un giro por una cuantía determinada, el banco seguidamente procede a emitir una orden de pago pura y simple a cargo de un corresponsal o de una filial.



TRANSFERENCIAS EN EL SISTEMA FINANCIERO

Definición y características:


Una transferencia bancaria es la operación por la que una persona o entidad (el ordenante) da instrucciones a su entidad bancaria para que envíe, con cargo a una cuenta suya, una determinada cantidad de dinero a la cuenta de otra persona o empresa (el beneficiario). Dicho de otra forma, realizar una transferencia es pasar dinero de una cuenta a otra, bien de la misma entidad o bien en otra entidad.
Las transferencias que tienen lugar dentro de la misma entidad se suelen denominar traspasos.
Hay operaciones similares a las transferencias, como por ejemplo las órdenes de envío de fondos en las que se indica que deben entregarse en efectivo al beneficiario. También tienen el mismo efecto los giros, en los que el ordenante lleva una cantidad en efectivo a la ventanilla de su entidad, para que sea enviada a la cuenta del beneficiario en otra entidad de crédito.
Sin embargo, no es una transferencia la aceptación de ingresos en efectivo que se abonan en una cuenta de la propia entidad receptora.

Tipos de transferencias

Las transferencias bancarias se pueden clasificar según el plazo, el modo de ordenar su ejecución y el área geográfica.
Según el plazo de ejecución, se distingue entre transferencias ordinarias y urgentes. Como su nombre indica, las urgentes tienen un plazo menor y consecuentemente, un coste más elevado.
La clasificación más importante es la que distingue según el área geográfica, ya que tanto las comisiones como los plazos de ejecución son muy diferentes en cada caso.

Transferencias nacionales (o domésticas)

Tanto el envío del ordenante como la recepción de fondos por parte del beneficiario tienen lugar en España. Para realizar una transferencia doméstica, hay que facilitar los 20 dígitos del Código Cuenta Cliente (CCC) del beneficiario. A partir de 2014, el CCC será sustituido por el IBAN, aunque durante un período de transición las entidades podrán facilitar gratuitamente servicios de conversión de CCC para pagos nacionales.



Transferencias exteriores o transfronterizas

El ordenante y el beneficiario se encuentran en países diferentes. Las transferencias exteriores son más fáciles (rápidas y económicas) si se dispone del IBAN (número internacional de cuenta) del beneficiario y el BIC (código de identificación bancaria) del banco del beneficiario. En este caso se consideran transferencias STP (Straight Through Processing) y se realizan de forma totalmente automatizada. Las transferencias exteriores que no son STP tienen comisiones superiores.

1 comentario:

  1. Giros y transferencias son temas que considerar en nuestra vida, que pasos e indicaciones tener en cuenta para poder realizar la actividad, en el caso de giro se centra en extraer una cierta cantidad de dinero y transferencias en lo que es cambio de una cuenta a otra.

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